Dentro de la industria musical existe una figura a menudo desconocida: el editor o la editorial musical. Por lo general, se tiene la creencia de que un contrato discográfico incluye los derechos de autor, los derechos como artistas, los derechos de la grabaciones, entre otros.
La realidad es que en la práctica los artistas se encuentran con contratos editoriales y contratos discográficos.
Derechos del autor musical y derechos de los artistas
Los derechos de artistas y los de los productores no son estrictamente derechos de autor, estos derechos se denominan derechos afines o conexos de Propiedad Intelectual.
Entendido lo anterior, se puede explicar la importancia del editor musical, sólo por el hecho de que en muchas ocasiones el propio músico o banda es autor de las canciones que luego graba en el disco. El editor se encargará de mediar con el sello discográfico.
Los derechos sobre la obra y los derechos de los artistas intérpretes, se se gestionan por separado. Los autores pueden otorgar en exclusiva sus derechos sobre la obra a un tercero, por lo general una editorial musical. Si la editorial musical es titular en exclusiva de los derechos, es quien tendrá la potestad de autorizar o impedir el uso de la obra, de manera que incluso su autor deberá obtener autorización para grabar las canciones o tocarlas en directo.
Editorial musical y sello discográfico
Entonces, el concepto de editorial musical es de una persona física o entidad jurídica a la que el autor cede los derechos sobre las composiciones, mientras que la empresa discográfica o el sello discográfico es responsable de la grabación y distribución de fonogramas o soportes sonoros con la interpretación de esas obras.
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